Nuestra entidad resolverá las peticiones de registro a más tardar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, de acuerdo con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los días sábados no se consideran hábiles para efectos de conteo de términos de los diferentes trámites.Respecto de las solicitudes remitidas a través de medios electrónicos, cuando éstas se reciban en días u horas no hábiles, los términos se cuentan a partir del día hábil siguiente.
Realice sus trámites ante la Cámara de Comercio desde la comodidad de su casa o negocio de forma fácil, rápida, segura y sin congestiones o demoras.
APLICACIÓN MÓVIL
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